El aumento y la aplicación de nueva tarifa en el kilovatio hora de energía es violatorio a la ley
La FUNDACION POR LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR (FUNDECOM), elevará un recurso jerárquico ante la Comisión Nacional de iq option x Energía (CNE), contra la resolución  de la Superintendencia de Electricidad (SIE), que  aumentó los precios del kilovatio hora de energía  a partir del presente mes de noviembre del 2005, en violación al artículo 114 de la ley general de electricidad No.125-01,  que establece que todo aumento de precio en las tarifas eléctricas debe  ser fruto de un estudio de costos de la producción de la energía eléctrica. El aumento en el precio del kilovatio hora es  entre un 2.4% y 4.7% . Leer más
 
 
 
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DECLARACION DE PRENSA

La  Fundación por los Derechos del Consumidor-FUNDECOM- se regocija por la aprobación de la ley de protección a los Derechos del consumidor justo en el momento en que el país asume el compromiso del Tratado de Libre Comercio con Estados  donde se requiere de una protección legal a los destinatarios de estos tratados como son los consumidores.  

El Congreso Nacional hizo historia con la aprobación de esta ley, la cual es una ley general que contribuirá grandemente a la equidad en las relaciones entre proveedores iq option x apk de bienes y servicios y los consumidores, precisamente en el momento en que las nuevas leyes y reglas del comercio se colocan por encima de leyes nacionales.  

Las exigencias del libre mercado incluyen una legislación como la aprobada en el Congreso, ya que así quedó establecido en Marrkesch, Marruecos, el 15 de marzo de 1994 cuando se Fundó la Organización Mundial del Comercio, OMC, entidad de la que el país forma parte. En este convenio se estableció la necesidad de fortalecer los mecanismos de defensa a los Derechos de los consumidores.  

Los Derechos de los Consumidores fueron consagrados por las Naciones Unidas, son Derechos Humanos de tercera generación y en el aspecto jurídico forman parte del Derecho Administrativo.  

La ley aprobada en el Congreso establece la creación de un organismo que la hará cumplir, el cual regulará mediante mecanismos previstos en la misma ley, las relaciones de los consumidores descargar iq option x y los proveedores, pero también vigilará para garantizar los Derechos que tienen los consumidores a la libre elección, a estar debidamente informados, a la educación, a la organización, a la seguridad, a ser resarcidos y a la satisfacción de sus necesidades básicas.  

El organismo que prevé la ley se llamará PROCONSUMIDOR, y se encargará también de velar por la calidad de los productos, por la aplicación de las normas en la producción de alimentos, en la seguridad de los consumidores con miras a que tengan una mejor calidad de vida.  

La ley establece que el presidente de la República nombrará al director de ese organismo que estará dirigido por un Consejo integrado por representes de varias instituciones que tienen que velar por la salud, la alimentación y el comercio.  

El Director de PROCONSUMIDOR deberá ser profesional egresado de las carreras de Derecho o de algunas de las carreras de las ciencias sociales.  

Debe ser ante todo creíble para que sea un organismo donde la ciudadanía se sienta representada, escuchada y donde se le ayude a solucionar sus problemas  

Esta ley sancionará la publicidad  falsa y engañosa, las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, la falta de transparencia en la información y otras distorsiones del mercado de bienes y servicios.  

Le ley exige que el etiquetado de los productos sea en español, que se provea de información amplia, suficiente y veraz para que el consumidor pueda ejercitar el derecho de tomar decisiones acertadas.  

Para FUNDECOM la aprobación de esta ley viene a coronar los seis años de su existencia ya que el objetivo primordial al momento de gestarse fue que el país se proveyera de una ley como la que aprobó el Congreso Nacional.

 
 
  FUNDECOM
LA LEY 358-05 PROTEGE A LOS CONSUMIDORES FRENTE AL CAMUFLAJE DE PRECIOS EN MONEDA EXTRANJERA

La Fundación por los Derechos del Consumidor hizo un llamado de alerta a la Secretaría de Industria y Comercio para que aplique a los establecimientos comerciales que publicitan los precios de sus productos en dólares, la ley 358-05 de protección y defensa al consumidor y emplace a esos negocios a que reflejen los mismos en  moneda nacional, tal como lo establece el artículo 87 de la citada disposición legal.

Igualmente, FUNDECOM advierte a las autoridades competentes que con los precios expresados en dólares se incurre en publicidad engañosa, debido a que no es lo mismo  reflejar 500 dólares que 17 mil pesos, que es en moneda nacional el equivalente aproximado de esa suma cuando se hace la conversión, por lo que de manera subliminal se engaña al consumidor.

Precisa la FUNDECOM que de forma deliberada muchos comerciantes expresan sus precios en dólares y a la hora de pagar lo convierten en el equivalente en  moneda nacional, les cargan los impuestos y ya atrapado el consumidor se siente intimidado  y se ve obligado a asumir la compra y pagar el verdadero y alto el precio que trataron de disimular presentándolo en la moneda  extranjera.

La Fundación por los Derechos del Consumidor hace el llamado y la advertencia a Industria y Comercio, debido a que, pese a que  hace bastante tiempo que en muchas  plazas comerciales y oficinas de bienes raíces los precios son expresados en dólares y  ya estas ofertas la insertan en  los periódicos en la moneda norteamericana, es ahora cuando el Pueblo Dominicano cuenta con una ley  capaz de proteger a los consumidores de estas maniobras engañosas.

De acuerdo con el artículo 87 de la ley 358-05 de protección a los Derechos del Consumidor “los precios de los bienes y servicios deberán estar señalados en forma notoria e inequívoca a la vista del público, a excepción de aquellos productos y servicios que por sus características especiales el precio deba convenirse de común acuerdo. Los precios deberán ser expresados en moneda nacional. Los precios no podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado”.

Además, para asumir un cambio de moneda en negociaciones comerciales debe realizarse como consecuencia de una modificación constitucional,  por lo que también, con ofertas de precios expresados en dólares, se viola la Constitución de la República que define al peso como la moneda nacional, y eso todavía no ha sido cambiado en este país.

FUNDECOM hizo un llamado a la Secretaría de Industria y Comercio para que asumir la defensa de los ciudadanos ante estas violaciones a la Constitución y a la recién promulgada Ley General de Protección al Consumidor o Usuario hasta tanto se cree el PRO CONSUMIDOR, el órgano rector que establece la pieza legislativa y  debe exigirle a los comerciantes que se acojan a la misma.

 FUNDECOM informó que  se reserva la posibilidad de accionar civilmente contra los establecimientos comerciales que insistan en   la práctica ilegal de reflejar los precios en dólares y no en peso.

FUNDECOM recuerda que la ley 358-05 de Protección a los Derechos del Consumidor o Usuario debe ser respetada, porque además de que la misma fue  fruto del consenso y aprobada de manera unánime en el Congreso Nacional, ya fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 19 de septiembre del presente año.

 Comunicaciones FUNDECOM
2de noviembre 2005

 
 
 
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